Nuestros Mecanismos de Participación
Plebiscitos
 

Instancia de participación mediante la cual se someten a votación materias de administración local relativas a inversiones específicas de desarrollo comunal, a la aprobación o modificación del plan regulador o a otras de interés para la comunidad local, siempre que sean propias de la esfera de competencia municipal.

Puede ser convocado por el alcalde/sa, con acuerdo del Concejo Municipal y a solicitud de dos tercios del COSOC, ratificada por los dos tercios de los Concejales en ejercicio. También puede surgir como iniciativa del 10% de la ciudadanía inscrita en los registros electorales de la comuna.

 

¿Quieres conocer más sobre los Plebiscitos y los requisitos para ser convocados? Revisa el detalle en nuestra Ordenanza de Participación, haciendo click aquí.